De la Redacción
Recientemente, un fallo del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa permitió que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) levantara el bloqueo de las cuentas bancarias de la conocida presentadora de televisión Inés Gómez Mont y de su esposo, el empresario Víctor Manuel Álvarez Puga.
Además, sus nombres fueron eliminados de la Lista de Personas Bloqueadas, en cumplimiento de una orden judicial que marcó un revés para la dependencia encabezada por Pablo Gómez Álvarez.
El tribunal confirmó un amparo previamente otorgado por un juez de Distrito, desestimando el recurso de revisión presentado por la UIF. Los magistrados, por mayoría de votos, concluyeron que el congelamiento de los activos de la pareja carecía de sustento legal sólido. Argumentaron que, al no estar vinculado a un compromiso internacional, el bloqueo debía estar relacionado con un procedimiento judicial o administrativo claro, algo que no ocurrió en este caso. Esta omisión, según los jueces, atentó contra el principio de seguridad jurídica consagrado en la Constitución.
Los magistrados también señalaron que la inclusión de Gómez Mont y Álvarez Puga en la lista prevista en el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito no estuvo suficientemente justificada. Al no cumplir con los requisitos de fundamentación y motivación establecidos en el artículo 16 constitucional, el tribunal consideró que se vulneraron los derechos de los afectados, lo que justificó la protección federal otorgada mediante el amparo.
A pesar de esta resolución, la situación legal de la pareja sigue siendo compleja. Ambos permanecen prófugos, ya que la Fiscalía General de la República (FGR) los acusa de estar involucrados en operaciones con recursos de procedencia ilícita y delincuencia organizada, delitos que involucrarían un monto cercano a los 2 mil 950 millones de pesos. Este desenlace judicial no implica su absolución, sino que pone en tela de juicio los procedimientos administrativos de la UIF en este caso particular.