De la Redacción
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó, por primera vez, la penalización del uso de inteligencia artificial para crear y difundir contenido sexual sin consentimiento.
La decisión se tomó por nueve votos a favor y uno en contra, declarando constitucional la reforma al Código Penal de Sinaloa.
La reforma, aprobada en febrero de 2024, agrega al delito de violación a la intimidad sexual la modalidad de crear y manipular imágenes, audios y videos sexuales con herramientas de inteligencia artificial. El delito se sanciona con pena de tres a seis años de cárcel.
La Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo Federal había impugnado la reforma, argumentando que la definición de inteligencia artificial no es clara y viola derechos de seguridad jurídica y taxatividad de las normas penales. Sin embargo, la mayoría de los ministros rechazó esta argumentación.
El Ministro Juan Luis González Alcántara destacó que no existe una definición universalmente aceptada de inteligencia artificial, pero que la definición utilizada en la reforma es comprensible en el contexto del delito.
La norma de Sinaloa define la inteligencia artificial como "las aplicaciones, programas o tecnología que analice fotografías, audios o videos y ofrece ajustes automáticos para hacerles alteraciones o modificaciones". La conducta sancionada es "crear hechos falsos con apariencia real" para compartirlos sin consentimiento expreso de la persona afectada.
El Código de Sinaloa también sanciona con seis meses a dos años de cárcel a quien tome fotografías, videos o audios de contenido sexual sin permiso de la persona participante.
La SCJN tiene agendada otra acción para marzo, relacionada con una reforma de Zacatecas que estableció el derecho de la infancia a vivir una vida libre de violencia ejercida a través del uso de inteligencia artificial.