De la Redacción
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó este miércoles la sentencia que obliga a Nueva Walmart de México, propietaria de Sam's Club, a pagar una multa de 200 mil pesos impuesta por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) por prácticas comerciales abusivas. La sanción se deriva de la revisión de tickets de compra de los clientes antes de salir del establecimiento.
El caso comenzó cuando un cliente de Sam's Club en Nezahualcóyotl, Estado de México, presentó una denuncia ante la Profeco, argumentando que la tienda detenía a los consumidores para revisar sus tickets después de haber pasado por el área de cajas y pagado sus productos. En respuesta, en febrero de 2023, la Dirección de Procedimientos y Sanciones de la Profeco clausuró temporalmente la tienda y le impuso una multa de 200 mil pesos. La Profeco determinó que esta práctica violaba el artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, que prohíbe cualquier acción que atente contra la libertad, seguridad o integridad personal de los consumidores bajo pretexto de registro o averiguación.
Nueva Walmart de México respondió presentando un amparo administrativo, argumentando la inconstitucionalidad del artículo 10 de la mencionada ley. Este artículo establece que en caso de sorprender a alguien cometiendo un delito flagrante, los proveedores deben poner al infractor a disposición de la autoridad competente sin demora y no realizar acciones que puedan vulnerar la seguridad del consumidor. La infracción de esta disposición es sancionable según la ley y puede resultar en la reparación del daño moral y la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados si no se comprueba el delito imputado.
El Primer Tribunal Colegiado de Circuito negó el amparo solicitado por Nueva Walmart de México, lo que llevó a la empresa a interponer un recurso de revisión ante la SCJN. En el proyecto presentado por la ministra Lenia Batres Guadarrama, la Segunda Sala de la SCJN confirmó la sentencia del Colegiado, obligando así a la transnacional a pagar la multa de 200 mil pesos.
Esta decisión reafirma la postura de la SCJN en defensa de los derechos de los consumidores, subrayando la importancia de respetar las disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor y evitando prácticas comerciales que puedan afectar la libertad y seguridad de los clientes.